El amparo aprobado por la justicia lo interpuso el intendente peronista de Esteban Echeverria, Fernando Gray luego de que la Secretaría de transporte de la Nación modificara la modalidad de la audiencia pública y la propusiera virtual, con un plazo de 3 días para opinar mediante un formulario web en la pagina del organismo con límite de caracteres.
“Anulan cualquier instancia de intercambio y debate, y convierten la audiencia en un posteo de redes. No se puede encarar un proceso que afectará el ingreso de millones de familias a espaldas de la ciudadanía” declaró el intendente Gray.
En su demanda remarca la falta de información pública al respecto y también del tiempo que se necesita para evaluar la legitimidad y la oportunidad de la propuesta tarifaria. Este resultaría ser el segundo aumento en 15 días para los servicios y supera holgadamente el 500% del valor que la gestión Milei heredó del gobierno de los Fernández. Del mismo modo la metodología elegida -suspendida en esta medida cautelar- afecta el ejercicio pleno del derecho de participación y defensa de los usuarios.
Entre sus considerandos el fallo entiende que ser rompe el espíritu de una audiencia publica que es el debate: “No resulta atinente realizar la consulta pública mediante un sistema al que no todos los usuarios tienen acceso y que a su vez, contiene fallas tecnológicas, impidiendo el cumplimiento de su finalidad, de modo que los ciudadanos que deseen participar puedan dar su opinión”, señala el despacho del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 3 de Lomas de Zamora con la firma del juez Ernesto Kreplak.
(AM)